El Ayuntamiento tiene abierto hasta el 5 de octubre el plazo para optar a ayudas sociales destinadas al pago del recibo del IBI

Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones los vecinos que acrediten la condición de pensionistas,  desempleados de larga duración, personas con familiares con discapacidad a su cargo y víctimas de violencia de género

 

El Ayuntamiento de Santiago del Teide ha aprobado la concesión de subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia pública competitiva, de ayudas equivalentes al 90% de la cuota íntegra del IBI, para colaborar en los gastos de la vivienda habitual. 

 

Podrán concurrir a esta convocatoria de subvenciones los vecinos que acrediten la condición de pensionistas, desempleados de larga duración, personas con familiares con discapacidad a su cargo o víctimas de violencia de género, que satisfagan el impuesto de bienes inmuebles de su vivienda habitual, que tengan una situación económica social vulnerable y que reúnan y acrediten los requisitos especificados en las Bases Reguladoras.

 

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 5 de octubre siendo la prestación económica destinada a los siguientes colectivos:

 

* Pensionistas que perciban una paga de un organismo público, por razón de jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad, o su cónyuge, si es el titular de la vivienda.

 

* Personas con discapacidad (Diversidad funcional o intelectual) o con familiares con dicha condición a su cargo: el titular de la vivienda deberá tener reconocida una minusvalía en grado igual o superior al 65%; o bien el solicitante deberá acreditar convivir con un familiar

hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad en línea recta o colateral que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 65%.

 

*Desempleados de larga duración (o su cónyuge si es el titular de la vivienda). A estos efectos, se entiende desempleado de larga duración, a aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes, con una antigüedad mínima y de manera ininterrumpida de doce meses, anteriores a la fecha de solicitud de esta subvención.

 

*Víctimas de Violencia de Género: quienes acrediten mediante sentencia judicial u orden de alejamiento que reconozca tal situación.

 

Para la percepción de estas ayudas será requisito indispensable que el beneficiario esté empadronado y resida en Santiago del Teide con un mínimo de un año de antigüedad en la vivienda para la cual solicita la subvención. Además, debe ser propietario, usufructuario o titular de un derecho de superficie sobre la vivienda donde habitualmente reside, siempre que esté situada en el término municipal de Santiago del Teide, y que, además, figure como obligado al pago en el recibo del IBI en relación a dicha vivienda.

 

Por último, los ingresos de la unidad familiar no deben exceder los límites establecidos y tampoco se han de poseer más de dos viviendas, entre otros requisitos.